CAMBIO SERVICIO (PÚBLICO A PARTICULAR) VEHÍCULOS SERVICIO ESPECIAL MÁX. 9PSJ |
Res. 2661 24/07/2018. Cap. XV. Art. 34 *Formato único de solicitud de trámite debidamente diligenciado con firma y huella legible del propietario (se aceptan autenticaciones, aunque NO se requieren (Decreto Antitrámites 019 de 2012)) *Improntas legibles. (Cuando sea imposible tomar las improntas por el difícil acceso y esto se haya evidenciado desde la matrícula del vehículo, se deberá presentar certificación expedida por la DIJIN o por autoridad de policía judicial). *Pago derechos de tramite -cambio servicio y cambio placas- *Copia Documento de Identificación de propietario, se exceptúa cuando en el expediente repose copia del documento actualizado *Registro en el Runt del propietario, como persona natural o jurídica, según el caso *Paz y salvo en multas del propietario (Simit – software misional) (Cuando el propietario sea leasing, solo se validaran las multas cometidas sobre el vehículo). *Validación Soat y Revisión Tecnicomecánica vigente (cuando haya lugar a ella) *Validación año modelo que no sea de una antigüedad mayor a cinco años (Decreto 1305 03/08/2017. Cap. 1, Parágrafo Transitorio: Por el término de un (1) año, contado a partir de la reglamentación del presente artículo por parte del Ministerio de Transporte, los vehículos de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial clase automóvil, campero o camioneta de no más de nueve pasajeros, incluido el conductor, podrán ser cambiados al servicio particular sin importar el año modelo, ni el año de su matrícula”) *Validación Pago de impuestos al día (Municipal-Departamental) *Validación de la última Tarjeta de Operación (modalidad servicio Especial). *Copia comunicación o guía de correo certificado por medio de la cual se le comunicó a la Empresa Transportadora, su intención de realizar el cambio de servicio a particular, con la respectiva constancia de recibido. *Copia de la respectiva respuesta otorgada por la empresa o, en su defecto, manifestación escrita señalando que no obtuvo pronunciamiento. *Registro fotográfico del vehículo sin emblemas y que se visualice la placa *Placas (no se admite denuncia por pérdida). |
*Poder, autorización o contrato de mandato con firma y huella legible para radicar, del propietario(s) (se exceptúa cuando se presenta a radicar el propietario(s)) |